jueves, 6 de diciembre de 2012

LEY DEL FALTAZO



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> Hace 52 años se creaba el Premio Adquisición otorgado por  la Cámara de Diputados de La Pampa para la mejor  producción pictórica de artistas pampeanos. No sabemos si  dicha ley está en vigencia, pero el reglamento de la  Cámara en los art 3º, 4º, 5º y 6º prevé sanciones para  quienes faltan en forma injustificada; creemos oportuno se  informe sobre la vigencia de la misma y su aplicabilidad.  También a efectos estadísticos se informe no a quienes  pero si cuantos diputados se  sancionaron desde el  reinicio de la democracia. Por último consideramos de  interés que una nueva ley lo haga extensivo a todos los  funcionarios provinciales y adhieran los municipios, como  asimismo, se extienda el premio a todas las artes en  general.- La Pampa  Ley Nº 221 - CREANDO EL PREMIO ADQUISICIÓN "CAMARA DE  DIPUTADOS DE  LA PAMPA" PARA LA MEJOR PRODUCCION PICTORICA DE ARTISTAS  PAMPEANOS , La Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa Sanciona  con fuerza de LEY:  Artículo 1°. Créase el Premio-adquisición "CAMARA DE  DIPUTADOS DE LA PAMPA" para la mejor producción pictórica  anual de artistas pampeanos.   Artículo 2°. El premio creado por la presente se  integrará anualmente con los descuentos efectuados por  inasistencia de los Diputados y con el importe de lo  recaudado por venta y suscripción del Diario de Sesiones.   Artículo 3° Las sumas anuales no utilizadas, por haber  sido declarado desierto el premio, se acumularán para el  primero que se otorgue en lo sucesivo.   Artículo 4°. Las obras adquiridas serán destinadas al  Museo Provincial de Bellas Artes. 
>   Artículo 5°. Comuníquese al Poder Ejecutivo.  Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de  Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los  veintinueve días del mes de noviembre de mil novecientos
& sesenta.   ERNESTO A. TONELLI - Pte. H. Cám. Diputados  ; Alfredo Alí - Secretario Legislativo H. C. Diputados. Santa Rosa, 5 de diciembre de 1961   Por tanto:   Téngase por Ley de la Provinda, cúmplase, comuníquese,
> publíquese, dése
> al Registro Y al Boletín Oficial, cumplido, archívese.  Decreto nº 1488/60.AMIT - Héctor Carlos Fazzini ,Santa Rosa, 5 de diciembre de 1960  Ministerio de Gobierno Y Obras Públicas Registrada la presente Ley, bajo el número Doscientos  veintiuno (221).   Hector Carlos FAZZINI  Ministro de Gobierno y Obras Públicas ;                         POR MOFEPA : Héctor Claudio Fazzini   José Antonio Vazquez
    
 

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